¿QUÉ ES UN COSMÉTICO?
La definición de cosmético está recogida en el Reglamento (CE) Nº 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo del 30 de noviembre de 2009, sobre los productos cosméticos.
La definición de cosmético del Reglamento Europeo literalmente dice:
Toda sustancia o mezcla destinada a ser puesta en contacto con las partes superficiales del cuerpo humano (epidermis, sistema piloso y capilar, uñas, labios y órganos genitales externos) o con los dientes y las mucosas bucales, con el fin exclusivo o principal de limpiarlos, perfumarlos, modificar su aspecto, protegerlos, mantenerlos en buen estado o corregir los olores corporales.
Si observamos, en la definición se nombra específicamente la palabra epidermis. Si omitimos el resto de la frase: sistema piloso y capilar, uñas, labios y órganos genitales externos, nos queda que los productos cosméticos deben actuar únicamente en la epidermis en el resto del cuerpo (de momento en este artículo sólo nos centraremos en la palabra epidermis).
La epidermis está formada por 4 capas, por tanto la cosmética ha de jugar con la distribución de los ingredientes de cada producto en estas cuatro capas para mejorar el aspecto de la piel, protegerla, mantenerla en buen estado o corregir su olor.
Por tanto, según la Regulación Europea, un producto cosmético como pueda ser una crema hidratante, o una espuma de afeitar, sólo debería actuar en la epidermis y con fines bien definidos. En este caso: proteger, mejorar el aspecto de la piel y mantenerla en buen estado.
Si quieres conocer la estructura de la piel, este vídeo no te dejará indiferente.
¿CUMPLIR CON LA NORMATIVA ASEGURA QUE EL PRODUCTO COSMÉTICO SÓLO ACTÚA EN LA EPIDERMIS?
Para cumplir con las normas del Reglamento Europeo, es necesario realizar una evaluación de seguridad de cada producto para justificar que éste es seguro y cumple con la normativa. Uno de los requisitos dentro de esta evaluación es calcular la absorción dérmica de cada ingrediente en base a una revisión bibliográfica.
En la práctica nada es blanco ni negro, así como algunos ingredientes cosméticos son absorbidos por la dermis, pudiendo penetrar en el torrente sanguíneo, aunque la definición de cosmético indique que su actuación debe ser en la epidermis. Cuando esto ocurre, se presupone en base a otros parámetros que el producto no produce ninguna toxicidad a esa concentración en el organismo.
En definitiva, la evaluación de la seguridad de un producto cosmético dentro de la Unión Europea se basa en estudios bibliográficos. Es decir, que aunque se realiza una evaluación de seguridad del producto, ésta no deja de ser bibliográfica y por tanto está sujeta a error. Además, bajo una revisión bibliográfica basada en los ingredientes por separado es muy difícil predecir cómo esos ingredientes van a interactuar en el producto final.
Esto no es algo especialmente alarmante, porque se consumen miles de productos cosméticos dentro de la Unión Europea, sus estándares de calidad son elevados, y el consumidor siente seguridad en los productos cosméticos. Sin embargo, siempre queda la duda, y si no lo hace debería, sobre si este sistema de evaluación bibliográfica es el más adecuado.
Esto no es que lo diga yo, es que en USA lo critican seriamente. Es por esto que su definición de cosmético es diferente.
EN USA, MUCHOS DE LOS PRODUCTOS QUE AQUÍ CONSIDERAMOS COSMÉTICOS, SE CLASIFICAN COMO MEDICAMENTOS OTC (MEDICAMENTOS SIN RECETA MÉDICA).
En consecuencia, un “cosmético europeo” en USA estaría obligado a aportar estudios y documentación más estricta sobre la eficacia del producto antes de ser comercializado junto a una mayor vigilancia del producto final y sobre posibles efectos adversos tras el consumo del producto.
Como siempre hay un pero, desde Europa se critica la forma de proceder de USA, ya que se considera demasiado costosa y obsoleta. Las nuevas tecnologías que dan lugar a ingredientes novedosos no estarían contemplados en esta regulación. Es decir, la documentación a aportar para que un ingrediente original y otro modificado salga al mercado sería la misma. Si hay algo “extraño”, se detectará en el consumidor.
EN LA VIDA NADA ES PERFECTO, PERO… ¿REALMENTE SABEMOS LO QUE ES UN COSMÉTICO?
Bajo mi humilde opinión, un mayor conocimiento de los productos y su relación con la biología de la piel por parte del consumidor facilitaría mucho la dificultosa tarea de evaluar bibliográficamente un producto cosmético en Europa.
Con un consumidor más crítico, las fórmulas tenderían a poseer menos ingredientes, y éstos serían más efectivos gracias a la tecnología.
Bajo este marco ideal, habría espacio para un mayor control de los productos en el mercado, lo cual proporcionaría un mayor conocimiento del producto final, y posiblemente acabaría con un cambio en la definición de cosmético en Europa.